Documento Nacional de Identidad (D.N.I.). Renovación.

Administrador CMS

Objeto

Recepción de solicitudes, gestión y tramitación del expediente y expedición y entrega del D.N.I.

Área Tramitadora

  • Dirección General de la Policía
    Comisaría General de Extranjería y Documentación

Órgano de Resolución

  • Ministerio del Interior

Lugar de Solicitud

  • Ayuntamiento de Barbastro

Documentación necesaria

  • Por caducidad
    • Solicitud de número en la Conserjería del Ayuntamiento
    • 2 fotografías
    • Certificado en extracto de Inscripción de Nacimiento expedido por el Registro Civil, al sólo efecto de la obtención del D.N.I.
    • Cuando el solicitante sea menor de edad o incapacitado (avalado por certificado médico), la persona que lo represente acreditará el domicilio del mismo y exhibirá su D.N.I. en vigor, cuyo número quedará consignado en la solicitud
    • Abono de la tasa correspondiente
  • Por extravío, sustracción o deterioro
    • Solicitud de número en la Conserjería del Ayuntamiento
    • 3 fotografías
    • En este caso el solicitante deberá cumplimentar, además, un impreso que se le entregará en la oficina correspondiente, el cual, junto con su firma y su impresión dactilar, servirá de comprobación de su personalidad. (Dicho impreso tiene un carácter exclusivamente administrativo a efectos de renovación del D.N.I, sin perjuicio de que el interesado pueda personarse en cualquier dependencia de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad o Juzgado a fin de realizar otros trámites en su caso)
    • Abono de la tasa correspondiente

Normativa Legal

  • Decreto 196/76 de 6 de febrero.
  • Real Decreto 1245/85 de 17 de julio
  • Orden del Ministerio del Interior de 12 de julio de 1990
  • Orden del Ministerio del Interior de 26 de abril de 1996

Observaciones

La obtención del Documento Nacional de Identidad es obligatoria a partir de los 14 años.
Cuando haya dudas acerca de la nacionalidad o cualquier dato de filiación se exigirá la presentación del Certtificado Literal de Inscripción de Nacimiento.
Para la recogida del D.N.I será necesaria la presentación del resguardo y la entrega del anterior, pudiendo hacerlo en su lugar cualquier otra persona con dicho resguardo y la oportuna autorización.
La expedición es inmediata, entregándose resguardo.
El D.N.I podrá recogerse en un plazo medio aproximado de 30 días.

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