Servicios Urbanos e Infraestructuras

Asume la tramitación de los expedientes relativos a:

  • Tráfico, en lo que respecta a su regulación, al establecimiento de medidas de estacionamiento limitado, a la fijación de zonas de estacionamiento y/o parada de uso exclusivo por vehículos de servicio público, por vehículos de servicio regular de transporte público urbano de viajeros, por vehículos de servicio discrecional y, en particular, por auto-taxis, así como de uso exclusivo para carga y descarga, para minusválidos o para otras finalidades análogas.
  • Tráfico, en lo que respecta a autorizaciones de reservas de vía pública para aparcamiento exclusivo, carga y descarga, vados o para otras finalidades análogas, así como en lo que respecta a otras autorizaciones contempladas por la legislación de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.
  • Tráfico, en lo que respecta a la retirada de la vía pública y depósito de vehículos de los que se presuma racionalmente su abandono.
  • Tráfico, en lo que respecta a la tramitación de expedientes sancionadores por presunta comisión de infracciones en dicha materia.
  • Expedición de tarjetas de estacionamiento para minusválidos.
  • Transportes, en ejercicio de las competencias atribuidas a los municipios por la legislación autonómica de transportes urbanos, en particular, y por la legislación estatal de transportes, en general.
  • Autorizaciones y licencias de ocupación del subsuelo, suelo y vuelo del dominio público en lo relativo a la LREP, y en particular arts.10.b) (autorización de instalación de estructuras no permanentes o desmontables destinadas a establecimientos, a la celebración de espectáculos o al desarrollo de actividades recreativas); 10.c) (concesión de las autorizaciones de instalación de atracciones de feria en espacios abiertos, previa comprobación por los servicios municipales); 15.1.a) ( autorización para espéctaculos públicos y actividades recreativas con motivo de la celebración de fistas locales y verbenas populares, requieran o no la utilización de la vía pública); 15.1.b) (autorización para espectáculos y actividades recreativas que para su celebración requieran la utilización de la vía pública) y 21 (autorización de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos que por su naturaleza requieran la utilización de instalaciones o estructuras eventuales, portátiles y demontables con carácter no permanente).
  • Residuos urbanos, en ejercicio de las competencias atribuidas a los municipios por la legislación sectorial correspondiente.
  • Abastecimiento domiciliario de agua potable, en ejercicio de las competencias atribuidas a los municipios por la legislación sectorial correspondiente y, en particular, al Ayuntamiento por el Reglamento regulador del servicio municipal de abastecimiento domiciliario de agua potable, excepción hecha de aquellos aspectos de dicho servicio que por su naturaleza corresponda tramitar a otra áreas del Ayuntamiento.
  • Alcantarillado y depuración de aguas, en ejercicio de las competencias atribuidas a los municipios por la legislación sectorial correspondiente, con la misma excepción a que se refiere al apartado anterior.
  • Protección del medio ambiente contra la contaminación atmosférica y contra la emisión de ruidos y vibraciones, cuando su origen no esté en actividades sujetas a las licencias previstas en el RAMINP o en el RGPEAR o sujetas a licencia de apertura.
  • Cuando las obras o actuaciones pretendidas por los particulares requieran la tramitación de licencia urbanística y de licencia de ocupación del dominio público y/o de permisos de acometida a las redes municipales de suministro de agua o de alcantarillado, se arbitrarán las medidas necesarias de coordinación entre las áreas de Urbanismo y de Servicios urbanos e infraestructuras.

Asume dicha área, además, las siguientes funciones:

  • Prestación del servicio municipal de grúa para la retirada de la vía pública y depósito de vehículos de los que se presuma racionalmente su abandono.
  • Prestación del servicio municipal de transporte público regular permanente de uso general dentro del casco urbano.
  • Prestación del servicio municipal de abastecimiento domiciliario de agua potable en los núcleos de Cregenzán y Burceat y en el polígono industrial Valle del Cinca.
  • Prestación del servicio municipal de alcantarillado.
  • Mantenimiento y conservación de las vías públicas, de las zonas verdes, del mobiliario urbano, del alumbrado público y, en general, de todas las infraestructuras municipales.
  • Mantenimiento y conservación de todas las instalaciones y edificios municipales, así como del parque móvil del Ayuntamiento. También asume el mantenimiento y conservación de los centros docentes de enseñanza primaria de titularidad pública.
  • Extinción de incendios y protección civil, en los términos previstos por la legislación sectorial y por las ordenanzas y resoluciones municipales correspondientes.
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